sábado, 24 de agosto de 2013

Parlamento General de Tapihue (1825)

"prohibe que algún chileno pueda habitar al sur de ese río por constituir un peligro público para la tranquilidad y un evidente peligro para la paz..." Art. 18 Parlamento General de Tapihue.
El 7 de enero de 1825, durante el gobierno del General Ramón Freire, se celebró el Parlamento General de Tapihue entre un representante y militar chileno enviado por el Congreso de la República con plenos poderes -el Capitán Barnechea-, y las máximas autoridades de los butalmapus mapuche, encabezadas por el Lonko Mariluan. El contenido de dicho tratado es el que sigue:


Parlamento General de Tapihue

Tratados celebrados y firmados entre el Coronel graduado de los ejércitos de la República Comandante de alta frontera, y Delegado de la Ciudad de Los Ángeles Pedro Barnachea, autorizado por el señor Brigadier de los ejércitos de Chile Gobernador Intendente de la Provincia de Concepción para tratar con los naturales de ultra Biobío y don Francisco Mariluan Gobernador de 14 Reducciones, contenidos en los artículos siguientes:

1.     º Convencidos ambos jefes de las grandes ventajas de hacernos una sola familia, ya para oponernos a los enemigos de nuestro país, ya para aumentar y solidar el comercio, y hacer cesar del todo los males que han afligido a la República en catorce años de consecutiva guerra ha venido don Francisco Mariluan como autorizado por todos los Caciques en unirse en opinión y derechos a la gran familia chilena.
2.     º El Estado se compone desde el despoblado de Atacama hasta los últimos límites de la provincia de Chiloé.
3.     º Todos los que existen entre ambas líneas serán tratados como a ciudadanos chilenos con goce de todas las prerrogativas, gracias y privilegios que les corresponden.
4.     º El Diputado de los naturales bajo la ceremonia más religiosa según sus ritos y costumbres jura unión y hermandad perpetua.
5.     º Promete toda su fuerza para repeler a los enemigos del Estado y del orden, cuando el Supremo Gobierno necesite valerse de ella, quedando éste, y sus porder-dantes, sujetos a las mismas obligaciones de los chilenos y a las leyes que dicte el Soberano Congreso Constituyente.
6.     º A consecuencia de la unión de que habla el artículo 4º el Gobierno Supremo admitirá a todos los individuos que de esta nueva hermandad quieran libremente salir a instruirse en las escuelas públicas del Estado, cuyos gastos corren de cuenta del Erario de la Nación.
7.     º Si hubiese una declaración de guerra contra los derechos del país se unirán todas las fuerzas para repeler a los agresores, corriendo por cuenta del Estado todos los alimentos que consuman los nuevos hermanos en toda la campaña.
8.     º Queda obligado de ultra Biobío a entregar todo oficial o soldado enemigo y que casualmente se abrige en sus territorios, persiguiéndolos hasta su total exterminio, cuando no puedan haberse a las manos, cuyo cumplimiento será precisamente en el termino de quince días, contados desde la celebración de estos tratados.
9.     º Cada Cacique exijido por su Diputado entregará al Gobierno en el término de ocho días las familias hijas de otro país que existan en sus terrenos, y las que hayan sido conducidas allí en clase de prisioneras en la próxima pasada guerra en todo el mes corriente, quedando el Gobierno con la obligación de hacer lo mismo con cuantas personas de la tierra habiesen en la comprensión de la República.
10. . Quedan obligados todos los Caciques contratantes a devolverse mútuamente con nuestros antiguos aliados todas las familias que con motivo de sus disensiones pasadas se hubiesen cautivado en sus malones.
11. . Si lo que no es de esperar, verificada la unión, algún Gobernador de Bultramapu la quebrantare, los restantes tratarán de reducirlo a eIla, dando cuenta primero al Gobierno para que por su mediación se consiga; mas si tocados todos los resortes de la prudencia sigue éste todabía en revolución, se unirá una fuerza armada del Estado a los conservadores de la paz para hacer entrar por ella a los disidentes, y pertinaces, con prevención que éste es el último recurso.
12. . Verificada la unión, todos los Caciques bajo el juramento enunciado, hacen una amistad eterna con olvido de todos los disgustos pasados.
13. . El Gobierno queda obligado a nombrar y rentar un comisario, y un lengua-general, por cuyos conductos pueda entenderse y comunicarse con sus nuevos hermanos, y por los mismos éstos con aquél.
14. . Los Caciques Gobernadores nombrarán libremente para cada reducción un Capitán de amigos, y con él saldrán a sus negocios mercantiles, o de Estado, los que a su salida se entenderán con el lengua general, quien avisará al Comisario los asuntos que los conducen.
15. . El lengua general y capitanes estarán sujetos al Comisario.
16. . El Comisario tendrá obligación precisa de recorrer cada dos meses los cuatro Bultramapus con el fin de llevar adelante las ideas liberales de paz y unión, dando cuenta al Gobierno cada trimestre de lo que ocurra, y cuando éste lleve alguna embajada del Gobierno la hará en juntas públicas, cuyo resultado comunicará oportunamente.
17. . Siendo ya una sola familia nuestros comerciantes serán tratados fraternalmente cuando se internen en      sus terrenos, cuidando escrupulosamente no se les saltee y robe, y cuando se roben unos a otros, descubiertos los ladrones pagarán el duplo de lo robado, si tubieren con qué, y sino se castigarán con arreglo a las leyes.
18. . Los Gobernadores o Caciques desde la ratificación de estos tratados no permitirán que ningún chileno exista en los terrenos de su dominio por convenir así al mejor establecimiento de la paz y unión, seguridad general y particular de estos nuevos hermanos.
19. . Haciendo memoria de los robos escandalosos que antiguamente se hacían de una y otra parte, queda desde luego establecido, que el chileno que pase a robar a la tierra; y sea aprendido, será castigado por el Cacique bajo cuya poder cayere; así como lo será con arreglo a las leyes del país el natural que se pillase en robos de este lado del Biobío, que es la línea divisoria de estos nuevos aliados hermanos.
20. . No obstante que la línea divisoria es el Biobío el Gobierno mantendrá en orden y fortificadas las plazas existentes, o arruinadas al otro lado de este río, como también a sus pobladores en los terrenos adyacentes del modo que antes lo estaban.
21. . Habiendo instado el Diputado Mariluan sobre la poblacion de Los Ángeles), Nacimiento, San Carlos, y Santa Bárbara ya para la seguridad, ya para su tráfico continuo, el Gobierno queda con la obligación de la más pronta redificación de todas ellas.
22. . La línea divisoria no se pasará para esta, ni para aquella parte sin el respectivo pasavante de quien mande el punto por donde se pase, y el que lo haga sin este requisito será castigado como infractor de la ley.
23. . Se declaran por boquetes habilitados para el pase al otro y este Iado de la Cordillera los de LlaimaLonguinay, Cuenco, Villucura, y Antuco; y por inhabilitados, todos los que desde el último hubiesen hasta el río Maule, y sujetos a la misma pena los que roben a este lado u otro de la Cordillera, o pasen sin el requisito del anterior artículo,
24. . El Diputado a nombre de sus poder-dantes estará pronto con todas sus fuerzas para unirse a las del Estado si fuese necesario marchar contra los rebeldes de Pincheira, y sus aliadas de ultra Cordillera.
25. . Los correos que el Gobierno haga sobre Osorno, Valdivia, o Chiloé, serán respetados y auxiliados por los Caciques Gobernadores de reducción en reducción; y si algún atentado, que no es de esperar, se cometiere contra ellos, el Cacique en cuya tierra suceda el hecho sino lo castigase, será tratado como a reo de lesa patria, quedando el Gobierno con la misma obligación con sus Embajadores.
26. . Si el Gobierno tubiese a bien mandar por tierra algunas tropas para guarnecer la plaza de Valdivia, estas harán su marcha sin impedimiento alguno, y si en ella necesitaren algunos víveres, los Caciques Gobernadores los facilitarán, los que con un recibo del Comandante en Jefe de ellos, se pagarán a dinero de contado por cuenta del Estado.
27. . Todos los comerciantes que hagan sus giros sobre las provincias de Valdivia, o Chiloé, y los que de aquellos lo hagan a estas con efectos del país, o con los que vulgarmente se llaman de Castilla, tendrán el pase y auxilio necesario, mostrando el pasaporte que anuncia el artículo 22 a los Caciques Gobernadores, comprendiéndose en estos los que hagan su tráfico del Estado de Buenos Aires a éste, y de éste a aquél.
28. . El Gobierno se obliga a mantener siempre en la frontera del Sur los agasajos de costumbre para la recepción de algunos Caciques que pasan a la ciudad de Los Ángeles. A pesar que se ha interesado el comisionado en la supresión de este artículo por no gravar al Fisco, no ha sido posible por instancias del Diputado don Francisco Mariluan como antigua costumbre.
29. . Queda al arbitrio del Supremo Gobierno designar los tiempos en que a estos nuevos hermanos se haga un Parlamento general; mas ellos deberán concurrir en junta cuando el Gobierno para tratar de grandes negocios tenga a bien citarlos a dietas particulares.
30. . Queda obligado el Gobierno a facilitarles el paso para este y el otro lado del Biobío poniendo de su cuenta lanchas, balsas, o barquillos pequeños en los lugares de costumbre a fin de evitar incomodidades en su comercio, que podrán extender hasta lo último de la República con la condición precisa de saludar y pedir el correspondiente pasaporte por medio del Comisario al Jefe de Frontera.
31. . La residencia del Comisario y Lengua-general será precisamente en el lugar donde la tenga el Comandante de Frontera para por su medio acudir a todas las ocurrencias del Gobierno.
32. . Hecha la paz, y no siendo necesarios destacamentos de línea en lo interior de la tierra, ordenará el Gobierno se retiren a incorporarse a sus respectivos regimientos.
33. . Sellada y ratificada la unión se formarán las tropas en el lugar de su ratificación que será en el centro del cuadro que ocupan, y enarbolándose el pabellón de la Nación con salva de diez tiros de cañón, son de cornetas, y cajas, se procederá a la ceremonia usada entre los naturales en señal de paz, rompiendo por parte del Supremo Gobierno una espada, y por cada Butralmapu una lanza, en cuya conclusión se hará una salva de artillería de igual número con grito general de VIVA LA UNIÓN.
Y para su constancia y cumplimiento lo firmamos en Tapigüe ambos contratantes a 7 de enero de 1825. A ruego de
1.     don Francisco Mariluan.
2.     Julián Grandón.
3.     Pedro Barnechea.




viernes, 23 de agosto de 2013

La carta en que O'higgins reconoce la independencia del pueblo mapuche

"Araucanos, Cunchos, Huilliches y todas las tribus indígenas australes.... Os habla el jefe de un pueblo libre y soberano, que reconoce vuestra independencia..." Bernardo O'higgins R, Santiago, sábado 13 de marzo de 1819.

Esta carta fue escrita por Bernardo O'higgins Riquelme en 1819, en el cargo de Director supremo. Recordemos que esto se encuentra en el contexto de la llamada "guerra a muerte" los mapuche estaban aliados a España por el Parlamento de Negrete, por lo que había algunas divisiones internas, unos pasaron al bando independentista y la gran mayoría al bando realista respetando los parlamentos. Lo interesante de esta carta es que en ella Bernardo O'higgins Riquelme reconoce explicitamente la independencia mapuche y anuncia un futuro reconocimiento formal del naciente estado Chileno, el cual se materializó finalmente en 1825 en el parlamento de Tapihue, durante el gobierno de Ramon Freire. Este posterior tratado se respetara en parte durante el periodo conservador y finamente durante el periodo liberal se procede a la invasión militar conocida eufemismisticamente como "Pacificación de la Araucania"

"El supremo director del estado a nuestros hermanos los habitantes de la frontera del sud.

chile acaba de arrojar de su territorio a sus enemigos después de nueve años de una guerra obstinada y sangrienta. sus fuerzas marítimas y terrestres, sus recursos y el orden regular que sigue la causa americana en todo el continente, forman un magnífico cuadro, en que mira afianzada su independencia.

las valientes tribus de arauco, y demás indígenas de la parte meridional, prodigaron su sangre por más de tres centurias defendiendo su libertad contra el mismo enemigo que hoy es nuestro. ¿quién no creería que estos pueblos fuesen nuestros aliados en la lid a que nos obligó el enemigo común? sin embargo, siendo idénticos nuestros derechos, disgustados por ciertos accidentes inevitables en guerra de revolución, se dejaron seducir de los jefes españoles. esos guerreros, émulos de los antiguos espartanos en su entusiasmo por la independencia, combatieron encarnizadamente contra nuestras armas, unidos al ejército real, sin más fruto que el de retardar algo nuestras empresas y ver correr arroyos de sangre de los descendientes de caupolicán, tucapel, colocolo, galvarino, lautaro y demás héroes, que con proezas brillantes inmortalizaron su fama.

¿cuál habría sido el fruto de esta alianza en el caso de sojuzgar los españoles a chile? seguramente el de la pronta esclavitud de sus aliados. los españoles jamás olvidaron el interés que tenían en extenderse hasta los confines del territorio austral. sus preciosas producciones, su incomparable ferocidad, y su situación local, han excitado siempre su ambición y codicia. con este objeto han mantenido continua guerra contra sus habitantes, suspendiéndola sólo cuando han visto que no hay fuerza capaz de sujetar a unos pueblos que han jurado ser libres a costa de todo sacrificio. pero no han desistido de sus designios, pues en los tiempos que suspendieron las armas fomentaron la guerra intestina, para que destruyéndose mutuamente los naturales, les quedase franco el paso a sus proyectos. entre tanto el comercio no era sino un criminal monopolio; la perfidia, el fraude, el robo y en fin todos los vicios daban impulso a sus relaciones políticas y comerciales.

pueblos del sud, decidme si en esto hay alguna exageración; y si por el contrario apenas os presento un lisonjero bosquejo de la conducta española, convendréis precisamente en que dominando españa a chile, se hubiera extendido sobres vuestros países como una plaga desoladora, concluyendo con imponeros su yugo de fierro que acaso jamás podríais sacudir.

en el discurso de la guerra pensé muchas veces hablaros sobre esto, y me detuve porque conocí que estabais muy prevenidos a cerrar los oídos a la voz de la verdad. ahora que no hay un motivo de consideración hacia vosotros, ni menos a los españoles, creo me escucharéis persuadidos de que sólo me mueve el objeto santo de vuestro bien particular y del común del hemisferio chileno.

nosotros hemos jurado y comprado con nuestra sangre esa independencia, que habéis sabido conservar al mismo precio. siendo idéntica nuestra causa, no conocemos en la tierra otro enemigo de ella que el español. no hay ni puede haber una razón que nos haga enemigos, cuando sobre estos principios incontestables de mutua conveniencia política, descendemos todos de unos mismos padres, habitamos bajo de un clima; y las producciones de nuestro territorio, nuestros hábitos y nuestras necesidades respectivas no invitan a vivir en la más inalterable buena armonía y fraternidad.

el sistema liberal nos obliga a corregir los antiguos abusos del gobierno español, cuya conducta antipolítica diseminó entre vosotros la desconfianza. todo motivo de queja desaparecerá si restablecemos los vínculos de la amistad y unión a que nos convida la naturaleza. yo os ofrezco como supremo magistrado del pueblo chileno que de acuerdo con vosotros se formarán los pactos de nuestra alianza, de modo que sean indisolubles nuestra amistad y relaciones sociales. las base sólidas de la buen fe deben cimentarlas, y su exacta observancia producirá la felicidad y seguridad de todos nuestros pueblos. se impondrá penas severas a los infractores, que se ejecutarán a vista de la parte ofendida, para que el ejemplo reprima a los díscolos.

nuestras escuelas estarán abiertas para los jóvenes vuestros que voluntariamente quieran venir a educarse en ellas, siendo de cuenta de nuestro erario todo costo. de este modo se propagarán la civilización y luces que hacen a los hombres sociales, francos y virtuosos, conociendo el enlace que hay entre los derechos del individuo y los de la sociedad; y que para conservarlos en su territorio es preciso respetar los de los pueblos circunvecinos. de este conocimiento nacerá la confianza para que nuestros comerciantes entren a vuestro territorio sin temor de extorsión alguna, y que vosotros hagáis lo mismo en el nuestro, bajo la salvaguardia del derecho de gentes que observaremos religiosamente.

me lleno de complacencia al considerar hago estas proposiciones a unos hombres que aman su independencia como el mejor don del cielo; que poseen un talento capaz de discernir las benéficas intenciones del pueblo chileno; y que aceptándolas, desmentirán el errado concepto de los europeos sobre su trato y costumbres,

araucanos, cunchos, huilliches y todas las tribus indígenas australes: ya no os habla un presidente que siendo sólo un siervo del rey de españa afectaba sobre vosotros una superioridad ilimitada; os habla el jefe de un pueblo libre y soberano, que reconoce vuestra independencia, y está a punto a ratificar este reconocimiento por un acto público y solemne, firmando al mismo tiempo la gran carta de nuestra alianza para presentarla al mundo como el muro inexpugnable de la libertad de nuestros estados. contestadme por el conducto del gobernador intendente de concepción a quien he encargado trate este interesante negocio, y me avise de nuestra disposición para dar principio a las negociaciones. entre tanto aceptad la consideración y afecto sincero con que desea ser vuestro verdadero amigo.

Bernardo O´higgins R.

Santiago, sábado 13 de marzo de 1819."